• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL RAMON AROZAMENA LASO
  • Nº Recurso: 6922/2023
  • Fecha: 20/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar si, en casos como el contemplado, concurren los requisitos relativos al derecho al reexamen de la declaración de culpabilidad en materia de derecho sancionador, de conformidad con los criterios establecidos por el TEDH [entre otras, sentencias de 8 de junio de 1976, asunto Engel y otros c. Países Bajos (5.100/71) y de 30 de junio de 2020, asunto Saquetti Iglesias c. España (50.514/13)] y con la doctrina fijada al respecto por el Tribunal Supremo [especialmente, sentencias de Pleno de la Sala Tercera, dos de 25 de noviembre de 2021 (RC 8156/2020 y RC 8158/2020) y una de 20 de diciembre de 2021 (RC 8159/2020)].
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 5017/2023
  • Fecha: 20/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, las liquidaciones provisionales o definitivas notificadas en el mes anterior a dictarse la STC 182/2021 de 26 de octubre de 2021 e impugnadas en vía administrativa después de dicha fecha, pero antes de la publicación de la sentencia -25 de noviembre de 2021- tienen o no la consideración de situaciones consolidadas que puedan considerarse susceptibles de ser revisadas con fundamento en la citada sentencia, a través de la interposición del correspondiente recurso de reposición y fundamento exclusivo en la mencionada sentencia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 5503/2023
  • Fecha: 20/03/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional consiste en determinar si debe tramitarse en todo caso y de forma separada el procedimiento especial previsto en el artículo 93 del Reglamento del ISD, cuando la Administración tributaria pretenda, en el seno de un procedimiento inspector, adicionar bienes a la masa hereditaria en virtud del artículo 11 de la Ley del ISD y exista oposición de los interesados a dicha incorporación. En caso de contestación afirmativa a la anterior cuestión, esclarecer si la inobservancia del citado procedimiento especial constituye una causa de nulidad de pleno Derecho de la liquidación del impuesto, al amparo del artículo 217.1.e) de la LGT, un motivo de nulidad relativa o una irregularidad no invalidante.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 4247/2023
  • Fecha: 19/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso de casación interpuesto contra sentencia dictada en procedimiento para la protección de derechos fundamentales, aplicando precedentes en la Sala para reiterar la respuesta a las cuestiones de interés casacional objetivo planteadas en el auto de admisión diciendo que la libertad de circulación que consagra el artículo 19 de la Constitución se ve afectada por la adopción de medidas que limiten derechos fundamentales -en este caso, libertad de circulación-, cuando la sentencia constate una infracción del ordenamiento jurídico por razón de la falta de competencia del órgano autor de la actividad administrativa impugnada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 584/2023
  • Fecha: 19/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia analiza la observancia del procedimiento por la Junta Electoral Central para declarar inelegible a la afectada, tras ser declarada autora de delito de prevaricación siendo condenada a inhabilitación especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos y de autora de falsedad documental. La sentencia siguiendo criterio ya sentado en precedentes, entre otras, sentencias de 28 de abril de 2021 (recurso contencioso administrativo núm. 18/2020), de 12 de mayo de 2021 (recurso contencioso administrativo núm. 5/2020), y de 20 de julio de 2021 (recurso contencioso administrativo núm. 8/2020), confirma la competencia de la Junta para declarar la inelegibilidad sobrevenida, sin perjuicio de que la cámara parlamentaria pueda sustanciar dicha declaración también, pero sin tratarse de una competencia exclusiva de la misma. Desde el punto de vista sustantivo, la sentencia recuerda que la razón del artículo 6.2.b) y 4 de la LOREG radica en la necesidad de una mayor protección de las instituciones públicas, pues la sociedad contemporánea reclama que el ejercicio de cargos públicos de base representativa, no sea desempeñado por quienes hayan sido penalmente condenados a pena de inhabilitación especial, independientemente del ámbito de la Administración Pública en que hubiera tenido lugar la comisión del delito. Por último, la sentencia resuelve que ni hay acto de ejecución en el acuerdo de la JEC al radicar en el Tribunal penal, ni existe juicio de culpabilidad por la JEC.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
  • Nº Recurso: 7051/2022
  • Fecha: 19/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso de casación y se casa la sentencia de instancia ya que la cuestión está decidida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia 8 de junio de 2023 (asunto C-50/21), órgano competente para pronunciarse con carácter prejudicial sobre la interpretación del Tratado (art. 267 TFUE). Así pues, a tenor de lo decidido por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y a los efectos de la resolución de este recurso, que se estima, se tiene presente que: - la limitación genérica de autorizaciones VTC/Taxis en la proporción de 1/30 no vulnera el artículo 107 del TFUE porque no supone una ayuda implícita del Estado al sector del taxi; - la limitación de autorizaciones en la mencionada proporción VTC/Taxis es contraria a la libertad de establecimiento del artículo 49 del TFUE salvo que se haya acreditado, por un lado, que la medida limitativa es apropiada o idónea para conseguir los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico, del espacio público y de protección del medio ambiente, y, por otro, que es proporcionada para alcanzar estos objetivos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
  • Nº Recurso: 775/2023
  • Fecha: 19/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ha lugar al recurso interpuesto contra Decreto dictado en el expediente gubernativo de la Fiscalía General del Estado, relativo a la solicitud de un miembro de la Carrera Fiscal de copia íntegra de todas las diligencias de inspección relativas a él durante determinado período. La única razón dada por la resolución impugnada para denegar la solicitud presentada en su día por el ahora recurrente es el art. 53.1.a) de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, en cuya virtud tiene derecho el interesado a conocer el estado en que se halla su tramitación. Pero de aquí no se sigue que las personas con un interés legítimo no tengan derecho a conocer la información recogida en procedimientos administrativos ya concluidos, ni menos aún que no tengan derecho a conocer datos relativos a ellas que se encuentren en dichos procedimientos administrativos ya concluidos. Ello es especialmente claro cuando de empleados públicos se trata, pues su situación de dependencia con respecto a la Administración exige que haya medios adecuados de garantía y protección. El art. 53.1.a) no es fundamento válido para denegar la solicitud formulada en su día por el ahora recurrente. El art. 118.k) del Reglamento del Ministerio Fiscal, es relevante: los miembros de la Carrera Fiscal tienen derecho en todo momento a conocer los datos recogidos en su expediente personal.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 794/2023
  • Fecha: 18/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente a la desestimación, por silencio administrativo, de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por el recurrente por los daños derivados de las medidas de contención adoptadas tras la declaración del primer estado de alarma durante la pandemia COVID-19. La Sala concluye, sobre la base de sendos pronunciamientos del TC, que las medidas restrictivas que tuvo que soportar la parte actora, de las que deduce los daños patrimoniales sufridos, fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente. De igual forma estima que tales medidas estuvieron dotadas del suficiente grado de generalidad como para afirmar que los menoscabos sufridos deban encuadrarse en la categoría de carga colectiva. Por último, la Sala rechaza que, sobre la base del artículo 3.2 de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, existiese un régimen de responsabilidad patrimonial diferente del recogido en la Ley 40/2015 y del que no resultase de aplicación, en los estados de alarma, excepción y sitio, la exoneración de la responsabilidad por concurrencia de fuerza mayor.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 1388/2022
  • Fecha: 18/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Comunidad Autónoma Valenciana tiene competencia para regular el sistema de promoción interna horizontal con movilidad de los Cuerpos de Policía Local de su Comunidad Autónoma. Dicho sistema no es de movilidad como forma de provisión de destinos, sino de promoción profesional interna horizontal y, en sí, la norma que lo prevé no es discriminatoria.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL BANDRES SANCHEZ-CRUZAT
  • Nº Recurso: 8543/2022
  • Fecha: 15/03/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Recurso de casación contra sentencia que anula determinados preceptos de Ordenanza municipal reguladora de los servicios de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), adoptada por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera. Una normativa reglamentaria reguladora de los requisitos o de las condiciones exigidos para ejercer la actividad de prestación de servicios de arrendamiento de vehículos con conductor no es contraria a la libertad de empresa, en su vertiente de garantía de un régimen de libre competencia, cuando dicha regulación se base en criterios objetivos, proporcionados y no discriminatorios, y tenga como finalidad la salvaguarda de una razón imperiosa de interés general, vinculada a la buena gestión del transporte urbano, del trafico y del espacio público, así como la protección del medio ambiente y la lucha contra la contaminación y el cambio climático. En este caso, existe un desajuste entre entre las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia, en los términos establecidos en el Auto de 2 de marzo de 2022, con el planteamiento jurídico en que se funda el escrito de interposición del recurso de casación. El Tribunal de instancia ha aplicado correctamente los principios de necesidad, proporcionalidad, y no discriminación establecidos en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado. La razón imperiosa de interés general invocada carece de fundamento.

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